Como parte de los atributos de
las pequeñas y medianas empresas se encuentra lo sencillo de su organización, los niveles jerárquicos son casi
nulos, los empleados se reportan directamente con el gerente
o administrador.
Nuestro restaurante contara con una junta directiva conformada por los socios,
los cuales se reunirán una vez al mes con el administrador del negocio para
conocer las necesidades de la empresa y los avances obtenidos.
El administrador será quien vele
por el buen funcionamiento de la empresa,
además deberá guiar a los empleados en sus labores, ejecutar los planes de
acuerdo a los objetivos de la empresa y supervisar las labores ejecutadas. Éste también será el
encargado del cobro del servicio brindado.
La junta directiva es la
responsable de la supervisión
general de la empresa. Ésta estará conformada por un presidente, un secretario,
un tesorero y un fiscal,
que deberán supervisar la labor del administrador. Deberán participar en la
elaboración de los objetivos y metas de la organización así como en el planeamiento
de todas las actividades y procesos
de la misma.
Sociedad Anónima: la Sociedad
Anónima es una sociedad de tipo capitalista en el que el capital
social se encuentra dividido en acciones
que pueden ser transmitidas libremente, y en la que los socios no responden
directamente frente a las deudas sociales.
Sus características son:
Es una sociedad capitalista. El
socio no tiene ningún derecho a la gestión
de la sociedad. El capital social está dividido en partes, llamadas acciones.
Las acciones tienen que estar
totalmente suscritas y desembolsadas como mínimo en un 25% de su importe.
La acción
representa la propiedad
de una parte del capital social, y el titular es un socio con los derechos que le
correspondan.
La constitución
de la empresa será de sociedad anónima, ya que este tipo de organización es el
más conveniente para cada uno de los socios, ya que los socios son responsables
solo por el monto de sus acciones ante sus acreedores en caso de liquidación o
disolución del negocio.
Permisos para establecimiento
nuestro restaurante:
Ø permiso
de funcionamiento del Ministerio de Salud
Ø trámite
de la constitución de Sociedad Anónima
Ø Permiso
municipal o patente
Ø Trámites
de seguros
y pólizas de trabajo
Ø Trámites
del seguro
del local
Ø Permiso
por protección al ambiente
humano del Ministerio de Salud
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